Comprendiendo los Pagos de la Sharī’a: Las Obligaciones Financieras en la Ley Islámica
Los pagos de la Sharī’a o al-wujūhāt al-shar’īyya (árabe: الوجوهات الشرعية) son lo que las personas religiosamente responsables (mukallaf) deben pagar debido a las decisiones y obligaciones de la sharia. Los pagos de la sharia, también conocidos como al-wujuhat al-shar’iyya en árabe, representan las obligaciones financieras que los individuos religiosamente responsables, conocidos como personas mukallaf, deben cumplir de acuerdo con la ley islámica y sus diversas disposiciones. Aunque el término en sí no se encuentra en los textos religiosos originales, ha surgido como un concepto ampliamente comprendido entre la población musulmana, refiriéndose a estos deberes financieros esenciales. Estos pagos abarcan un amplio espectro de obligaciones, incluyendo el khums, el zakat, la expiación por ciertas transgresiones, el radd al-mazalim que implica devolver la riqueza o propiedad adquirida injustamente, el nadhr o votos religiosos, tanto las formas obligatorias como las recomendadas de Sadaqa o limosnas, el anfal que se refiere a ciertas propiedades de propiedad estatal, y las dotaciones conocidas como mawqufat. Es importante señalar que para algunos pagos de la Sharia, como el khums y el zakat, existe un requisito específico de remitirlos a un gobernante de la Sharia reconocido o a su representante designado.
Comprendiendo “Al-Wujuhat al-Shar’iyya”
El término, «wujuhat«, es una forma plural de «wajh» que significa dinero. La noción de los pagos de la Sharia, o «al-wujuhat al-shar’iyya», tiene sus raíces en la palabra árabe «wujuhat», que es el plural de «wajh», que significa dinero. Este término ha sido empleado con cierta flexibilidad por juristas musulmanes en diversas discusiones jurisprudenciales. Más que ser una pieza de jerga jurisprudencial estrictamente definida, «al-wujuhat al-shar’iyya» se describe con mayor precisión como un término de sentido común, ampliamente adoptado y entendido por las personas en su práctica religiosa diaria. Este entendimiento común apunta a fondos que los individuos religiosamente responsables están obligados a pagar en cumplimiento de decisiones y decretos específicos de la Sharia. Mientras que algunas interpretaciones restringen «al-wujuhat al-shar’iyya» exclusivamente a los pagos religiosos obligatorios, otras extienden su alcance para cubrir cualquier forma de ingreso religioso, aunque en la práctica, sus discusiones a menudo se centran predominantemente en el khums y el zakat. Comprender los deberes financieros islámicos es fundamental para practicar la fe para muchos musulmanes.
Visión General Exhaustiva de los Pagos de la Sharia en el Islam
La gama de pagos de la Sharia es extensa y diversa, cubriendo varios aspectos de la responsabilidad financiera dentro del Islam. Figuras históricas y autoridades religiosas han proporcionado listas diferentes pero superpuestas de lo que constituyen estos pagos. Por ejemplo, Muhammad Husayn Na’ini, en su carta poder a Mahdi Bihbahani relativa a la recepción de pagos de la Sharia, identificó el derecho del Imam, la propiedad con dueño desconocido, el zakat, el nadhr, varias formas de caridad, la expiación y los pagos relacionados con el culto como pagos de la Sharia. Las autoridades chiítas incluyen consistentemente el khums, el zakat y tanto las limosnas obligatorias como las recomendadas dentro de esta categoría. Otros estudiosos amplían aún más el alcance para incluir dotaciones y regalos financieros, así como anfal.
Varios casos específicos son ampliamente reconocidos como pagos de la Sharia. Comprender estos ayuda a clarificar qué son los pagos de la Sharia en el Islam. Algunos estudiosos creen que los pagos de la Sharia incluyen los siguientes casos:
- Fidya (rescate): La Fidya es una penalización pagada por individuos religiosamente responsables que no pueden cumplir con ciertas obligaciones religiosas. Un ejemplo común es cuando una persona no puede ayunar durante el mes de Ramadán debido a razones legítimas. En tales casos, muchos juristas estipulan que se debe pagar la fidya, que típicamente consiste en un mudd, aproximadamente 3/4 de kilogramo, de alimentos donados a los necesitados. La forma en que se calcula la Fidya para el ayuno a menudo depende de las directrices locales y del costo predominante de los alimentos para una sola comida.
- Kaffara: La Kaffara representa una penalización impuesta a individuos que intencionalmente cometen un acto prohibido o descuidan deliberadamente una obligación. Esto incluye acciones como romper intencionalmente un ayuno, matar ilegalmente, violar un juramento o participar en ciertas prácticas matrimoniales prohibidas como el zihar. El significado de Kaffara en el Islam significa expiación por pecados específicos o errores graves.
- Kharaj (impuesto): El Kharaj es una forma histórica de impuesto, un deber financiero cobrado por un gobierno islámico sobre ciertos tipos de tierra. Esto fue una parte importante de los sistemas de tributación islámica explicados en la jurisprudencia islámica temprana.
- Khums: El Khums es una obligación financiera significativa que requiere el pago de un quinto del ingreso neto anual de una persona. Este deber se extiende más allá de las ganancias para incluir botines de guerra, tesoros descubiertos, minerales extraídos de minas, artículos encontrados bajo el agua, ganancias de empresas comerciales, propiedades donde se mezclan fondos lícitos e ilícitos, y tierras compradas por un Dhimmi (un ciudadano no musulmán de un estado islámico) a un musulmán. La forma de pagar el Khums usualmente implica un cálculo preciso del excedente de ingresos después de los gastos.
- Zakat: El Zakat es otro deber financiero fundamental, impuesto sobre cantidades específicas de activos de capital particulares. Las reglas del Zakat dictan que se aplica a riquezas como oro, plata, ganado y productos agrícolas, siempre que se cumplan ciertos umbrales, conocidos como nisab, y haya transcurrido un año lunar completo. Esto desempeña un papel vital en las donaciones religiosas en el Islam.
- Zakat al-fitra: El Zakat al-Fitra es un pago distinto, que comprende dinero o bienes, que debe ser pagado o donado por individuos religiosamente responsables en la víspera de Eid al-Fitr cada año. Las pautas para pagar el Zakat al-Fitra aseguran que todos, incluidos los dependientes, contribuyan a ayudar a los menos afortunados a celebrar la festividad.
- Jizya: La Jizya es un pago obligatorio históricamente cobrado por un gobierno islámico a algunos Dhimmis, ciudadanos no musulmanes que viven bajo el dominio islámico.
- ‘Ushr: El ‘Ushr se refiere al dinero recaudado de empresarios no musulmanes que realizan comercio dentro de territorios islámicos.
¿A Quién Deben Hacerse los Pagos de la Sharia?
La cuestión de quién está autorizado para administrar y distribuir los pagos de la Sharia revela una divergencia clave entre las perspectivas chiíta y sunita dentro del Islam. En las comunidades sunitas, la administración de tales pagos se considera generalmente una función gubernamental. Cualquier gobernante, independientemente de sus atributos morales o cognitivos personales, se considera legítimo para administrar estos fondos en virtud de su posición como gobernante islámico. En consecuencia, los pagos de la Sharia a menudo se integran en los presupuestos gubernamentales y son gestionados por instituciones estatales.
En contraste, los estudiosos chiítas mantienen una visión más restrictiva sobre la manipulación legítima de los pagos de la Sharia. Sostienen que solo el Legislador de la Sharia (Dios) y Sus representantes legítimos y divinamente designados están autorizados para administrar estos fondos. Durante la presencia histórica de un Imam, solo el Imam poseía el derecho exclusivo de administrar estos pagos. En ausencia de un Imam, conocida como la ocultación, solo los juristas cualificados y justos, específicamente aquellos con autoridad para emitir decretos religiosos (maraji’ taqlid), están permitidos para administrar y distribuir los pagos de la Sharia. Esto subraya el papel de los estudiosos religiosos en las finanzas islámicas, particularmente dentro de la tradición chiíta.
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